Código
Artículo 134 — Vilipendio por causa caballeresca — Código Penal
- Número
- 4573
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10942, La Gaceta N.º 106 del 10 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO SEGUNDO
De los Delitos
TÍTULO I
DELITOS CONTRA LA VIDA
SECCIÓN IV
DUELO
Este artículo está derogado.
(Derogado por el artículo 4° de la Ley N° 8250 de 2 de mayo de 2002).
Más información
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00846-2019 · Sala Tercera de la Corte
Penal
«el numeral 134 de las reglas sobre responsabilidad civil del Código Penal de 1941 (aún vigentes) establecía que el derecho a exigir la reparación civil se transmite a los herederos del ofendido, sin que se estableciera la exigencia de entablar un proceso sucesorio.»
- Resolución 00415-2013 · Sala Primera de la Corte
Civil
«"con fundamento en el artículo 134 y 107 del Código Penal actual donde establece la obligación de reparar civilmente"»