Código
Artículo 126 — Circunstancia de calificación — Código Penal
- Número
- 4573
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10942, La Gaceta N.º 106 del 10 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO SEGUNDO
De los Delitos
TÍTULO I
DELITOS CONTRA LA VIDA
SECCIÓN III
LESIONES
Si en el caso de los tres artículos anteriores concurriere alguna de las circunstancias del homicidio calificado, se impondrá prisión de cinco a diez años, si la lesión fuere gravísima; de cuatro a seis años si fuere grave; y de nueve meses a un año, si fuere leve.
(Así reformado por el artículo 1º de la ley Nº 6726 de 10 de marzo de 1982).
Más información
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00814-2018 · Tribunal de Apelación de Sentencia Penal II Circuito Judicial de San José
Penal
«De conformidad con lo expuesto y los artículos 36, 39 y 41 de la Constitución Política, 1, 4, 11, 16, 18 al 20, 22, 30, 31, 45, 50, 51, 57 bis, 71, 73, 74, 76, 103 inciso 2), 110, 124 y 368 del Código Penal»
- Resolución 00571-2012 · Sala Tercera de la Corte
Penal
«artículos 122, 123, 124, 125 y 126 de la Reglas Vigentes sobre Responsabilidad Civil del Código Penal de 1941;»