Código
Artículo 25 — Atribuciones — Código Notarial
- Número
- 7764
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10798, La Gaceta N.º 233 del 11 dic 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO I
ORGANIZACIÓN DEL NOTARIADO PÚBLICO
CAPÍTULO VIII
ARCHIVO NOTARIAL
En el Archivo Nacional existirá un Archivo Notarial, cuyas funciones son:
- Conservar los protocolos de los notarios, una vez devueltos o depositados provisionalmente.
- Expedir testimonios y certificaciones de las escrituras de los protocolos depositados en esa oficina.
- Llevar un registro de los testamentos otorgados ante los notarios públicos.
- Recibir los índices notariales y llevar su control en la forma y el tiempo que determine el presente código.
- Denunciar, a las autoridades correspondientes, cualquier anomalía que se descubra en el ejercicio de la función notarial.
- Otras atribuciones resultantes de la ley.
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00300-2024 · Tribunal Disciplinario Notarial
Notarial
«(artículo 25 del Código Notarial). Esos son los bienes jurídicos protegidos»
- Resolución 00064-2020 · Tribunal Disciplinario Notarial
Notarial
«"(artículo 25 inciso e) del CÓdigo Notarial). šo que el notario Vincenzi Guilá autorizó la escritura número noventa y nueve..."»