Código
Artículo 124 — Participación de organizaciones internacionales en los procesos de capacitación de los partidos políticos — Código Electoral
- Número
- 8765
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10952, La Gaceta N.º 117 del 25 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO III
PARTIDOS POLÍTICOS
CAPÍTULO VI
RÉGIMEN ECONÓMICO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS
SECCIÓN VII
FINANCIAMIENTO PRIVADO
Artículo 124
Participación de organizaciones internacionales en los procesos de capacitación de los partidos políticos
Vigente desde 19 de agosto de 2009 · texto SINALEVI
Las organizaciones internacionales dedicadas al desarrollo de la cultura, participación política y defensa de los valores democráticos, únicamente podrán colaborar en el proceso de capacitación de los partidos políticos siempre que respeten el orden constitucional y la soberanía nacional. Estas organizaciones deberán acreditarse ante el TSE.