Código
Artículo 702 — Código de Trabajo
- Número
- 2
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10895, La Gaceta N.º 74 del 23 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO UNDÉCIMO
RÉGIMEN LABORAL DE LOS SERVIDORES DEL ESTADO
CAPÍTULO TERCERO
Negociación colectiva en el sector público
SECCIÓN II
Procedimiento negocial
Artículo 702
Vigente desde 25 de enero de 2016 · texto SINALEVI
La negociación abarcará todos los aspectos y extremos del proyecto que se haya formulado a la administración o administraciones y deberá levantarse un acta de cada sesión de trabajo, la cual firmarán los representantes de ambas partes.
(Así adicionado por el artículo 2° de la ley N° 9343 del 25 de enero de 2016, "Reforma Procesal Laboral".)