Código
Artículo 356 — Código de Trabajo
- Número
- 2
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10895, La Gaceta N.º 74 del 23 abr 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO QUINTO
DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES
CAPÍTULO SEGUNDO
De los Sindicatos
Artículo 356
Vigente desde 20 de agosto de 2025 · texto SINALEVI
Sea cual fuere la causa de la disolución de un sindicato, su activo líquido pasará a la Federación a que pertenezca y, en forma subsidiaria, se distribuirá en porciones iguales entre todos los de su misma clase existentes en el país. (La Ley Sobre Riesgos del Trabajo, Nº 6727 de 9 de marzo de 1982, artículo 2º, trasladó el original 286 al presente)