Código
Artículo 173 — Código de Policía
- Número
- 369
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
LIBRO LLL
DISPOSICIONES FINALES
Artículo 173
Vigente desde 21 de agosto de 1941 · texto SINALEVI
Quedan derogadas, tan sólo en sus disposiciones de carácter punitivo, todas las leyes referentes a los hechos previstos y penados en este Código. con excepción de la ley de Imprenta de 12 de Julio de 1902, revalidada por ley de 15 de Mayo de 1908 y reformada por ley de 18 de Diciembre de 1934.
Igualmente continuará en vigencia, con carácter de ley, en cuanto a las infracciones allí penadas, el Reglamento de Estaciones Inalámbricas, para estaciones radiodifusoras y de aficionados, N9 129 de 17 de Junio de 1931.