Código
Artículo 10 — Código de Minería
- Número
- 6797
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO I
De las generalidades
Artículo 10
Vigente desde 4 de octubre de 1982 · texto SINALEVI
Todos los titulares de derechos mineros quedan sometidos a la jurisdicción de las leyes y de las autoridades administrativas y judiciales de la República. Cuando se trate de extranjeros, éstos se someterán a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución Política.