Código
Artículo 170 — Creación — Código de la Niñez y la Adolescencia
- Número
- 7739
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10558, La Gaceta N.º 213 del 13 nov 2024 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO IV
Sistema Nacional de Protección Integral
CAPÍTULO II
Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia
Créase el Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia, adscrito al Poder Ejecutivo, como espacio de deliberación, concertación y coordinación entre el Poder Ejecutivo, las instituciones descentralizadas del Estado y las organizaciones representativas de la comunidad relacionadas con la materia.
El Consejo tendrá como competencia asegurar que la formulación y ejecución de las políticas públicas estén conformes con la política de protección integral de los derechos de las personas menores de edad, en el marco de este Código y de acuerdo con los principios aquí establecidos.
Las instituciones gubernamentales que integran el Consejo conservarán las competencias constitucionales y legales propias.
(La Sala Constitucional mediante resolución N° 13583-2007 del 19/09/2007, dispuso que ":..este artículo no puede interpretarse de manera tal que desconozca, perjudique o disminuya las potestades constitucionales del Patronato Nacional de la Infancia". )