Código
Artículo 175 — Tutela — Código de Familia
- Número
- 5476
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10650, La Gaceta N.º 67 del 8 abr 2025 · Ver en La Gaceta ↗
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TÍTULO V
De la Tutela
CAPÍTULO I
Diversas clases de Tutela
Menor de edad que no tiene sobre sí los atributos de la responsabilidad parental. El menor de edad que no exista sobre él atributo de la responsabilidad parental de ninguno de los padres estará sujeto a tutela.
(Así corrida su numeración por el artículo 2 de ley No.7538 del 22 de agosto de 1995, que lo traspasó del antiguo artículo 162 al 175) (Así reformado por el artículo 2° punto II) de la ley que aprobó el Código Procesal de Familia, N° 9747 del 23 de octubre de 2019)