Código
Artículo 468 — Código de Educación
- Número
- 181
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10631, La Gaceta N.º 33 del 19 feb 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
LIBRO IV
De la Educación Física
Artículo 468
Vigente desde 18 de agosto de 1944 · texto SINALEVI
Llevarán timbre deportivo de un colón:
- Los escritos en que se solicite la aprobación de los estatutos de las asociaciones de carácter deportivo, conforme a la ley respectiva;
- Los pasaportes que expidan o visen las Gobernaciones de provincia;
- Las libretas de conducción de vehículos motores;
- Las solicitudes que anualmente deben presentarse para el cambio de placas de vehículos motores;
- Los permisos que se explican para realizar espectáculos deportivos;
- Las patentes municipales de cualquier clase, excepto las que indica el inciso b) del artículo siguiente; y
- Las licencias que se concedan para abrir centros deportivos.