Código
Artículo 260 — Código de Educación
- Número
- 181
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10631, La Gaceta N.º 33 del 19 feb 2025 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO I
De la Educación Primaria
TÍTULO VII
De la enseñanza en el hogar
Artículo 260
Vigente desde 18 de agosto de 1944 · texto SINALEVI
Los niños de la edad expresada en el artículo anterior, que reciban la instrucción en el hogar, desde el fin del segundo año de escuela deberán sufrir un examen, que versará sobre las materias correspondientes a su edad, en las escuelas públicas en la forma y según los programas de la enseñanza oficial.