Código
Artículo 255 — Código de Educación
- Número
- 181
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10631, La Gaceta N.º 33 del 19 feb 2025 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO I
De la Educación Primaria
TÍTULO VI
De las escuelas particulares de educación primaria
CAPÍTULO II
De la Inspección de Escuelas Particulares de
Artículo 255
Vigente desde 18 de agosto de 1944 · texto SINALEVI
Corresponde al Inspector de Escuelas y Colegios Particulares, velar por el cumplimiento de las disposiciones que atañen a los establecimientos de esa índole, en cuanto a la obligatoriedad de la asistencia, la sujeción al programa mínimo de enseñanza, y el respeto de los maestros o profesores, en el ejercicio de su docencia, a las instituciones fundamentales del Estado y a los principios democráticos y republicanos que les sirven de base.