Código
Artículo 246 — Código de Educación
- Número
- 181
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10631, La Gaceta N.º 33 del 19 feb 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
LIBRO I
De la Educación Primaria
TÍTULO IV
Servicio de porteros
CAPÍTULO V
Del régimen de la enseñanza
Artículo 246
Vigente desde 28 de enero de 2025 · texto SINALEVI
Además de las escuelas comunes de educación primaria, la Secretaría establecerá centros o secciones de educación pre-escolar, escuelas vespertinas, escuelas nocturnas para adultos, y escuelas para adultos en los cuarteles, cárceles y otrosestablecimientos. en donde s encuentren reunidos de ordinario cuarenta o más alumnos ineducados, y escuelas ambulantes en las regiones en donde no se hubieren establecido escuelas comunes por la diseminación de sus habitantes.