Código
Artículo 228 — Código de Educación
- Número
- 181
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10631, La Gaceta N.º 33 del 19 feb 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
LIBRO I
De la Educación Primaria
TÍTULO IV
Servicio de porteros
CAPÍTULO V
Del régimen de la enseñanza
Artículo 228Verificando formato
Vigente desde 28 de enero de 2025 · texto SINALEVI
El apremio expresado en el artículo 65 se llevará a efecto por el Juez y Comisarios Escolares del distrito, previa orden del Gobernador o Jefe Político.