Código
Artículo 111 — Código de Educación
- Número
- 181
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10631, La Gaceta N.º 33 del 19 feb 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
LIBRO I
De la Educación Primaria
TÍTULO III
Del Personal Docente
CAPÍTULO V
Hoja de servicios
Artículo 111
Vigente desde 18 de agosto de 1944 · texto SINALEVI
La hoja de servicios de cada maestro o asistente sanitario será extendida por el Director de la escuela respectiva, con el visto bueno del Visitador y del Inspector competentes en el caso de los maestros de grado, y el del Director Técnico que corresponde en el de los especiales; y la de los Directores de escuela serán extendidas por los respectivos Visitadores, con el visto bueno del Jefe Técnico de Educación Primaria.