Código
Artículo 10 — Código de Educación
- Número
- 181
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10631, La Gaceta N.º 33 del 19 feb 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO PRELIMINAR
CAPÍTULO III
Del Consejo Superior de Educación Pública
Artículo 10
Vigente desde 18 de agosto de 1944 · texto SINALEVI
El Consejo Superior de Educación Pública se compone del Secretario del ramo, que es su presidente nato, los Jefes Técnico y Administrativo de Educación Primaria, el Rector de la Universidad de Costa Rica y dos Vocales nombrados cada año por el Poder Ejecutivo, representantes el uno de la segunda enseñanza y el otro de la enseñanza particular.
Tendrá un Secretario de fuera de su seno.