Código
Artículo 811 — Código de Comercio
- Número
- 3284
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10902, La Gaceta N.º 104 del 8 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO TERCERO
TÍTULO II
CAPÍTULO III
Del Cheque
Artículo 811
Vigente desde 30 de abril de 1964 · texto SINALEVI
El tenedor de buena fe de un cheque, no podrá ser perjudicado si su endosante u otro de los trasmitentes anteriores no hubieren tenido derecho para trasmitirlo, excepto que en el cheque aparezca circunstancia que manifieste la carencia del derecho. La falsificación de un endoso, no da derecho para reivindicar el cheque del tenedor que lo haya adquirido de buena fe y sin negligencia grave de su parte. Cuando el cheque ha sido girado o endosado por un incapaz, tendrá derecho el portador de buena fe para reclamar el pago de cualquiera de los otros obligados. En cuanto a la persona que giró o endosó careciendo de capacidad, el tenedor tendrá tan solo derecho de reclamar el tanto en que compruebe se haya aprovechado el incapaz.