Código
Artículo 696 — Código de Comercio
- Número
- 3284
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10902, La Gaceta N.º 104 del 8 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
LIBRO TERCERO
TÍTULO I
CAPÍTULO III
De los Títulos a la Orden
Artículo 696
Vigente desde 10 de octubre de 1990 · texto SINALEVI
El endoso puede hacerse en blanco, con la sola firma del endosante. Cualquier tenedor puede llenar, con su nombre o con el de un tercero, el endoso en blanco o transmitir el título sin llenar el endoso. El endoso al portador surte los mismos efectos del endoso en blanco.
(Así reformado por el artículo 5º de la ley Nº 7201 de 10 de octubre de 1990)