Código
Artículo 47 — Código de Comercio
- Número
- 3284
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10902, La Gaceta N.º 104 del 8 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO PRIMERO
TÍTULO I
CAPÍTULO IV
De las Sociedades en Nombre Colectivo
Artículo 47
Vigente desde 30 de abril de 1964 · texto SINALEVI
Los efectos de los actos que ejecute o de los contratos que celebre el administrador por cuenta de la compañía, recaen sobre ella aunque no se hubiere consignado el carácter con que el administrador actuó, si la intención de proceder en nombre de la empresa se desprende de las circunstancias del caso. Pero, a pesar del empleo de la firma social, no producirán efectos contra la sociedad los compromisos provenientes de operaciones notoriamente ajenas a su objeto y a su comercio usual.