Código
Artículo 43 — Código de Comercio
- Número
- 3284
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10902, La Gaceta N.º 104 del 8 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO PRIMERO
TÍTULO I
CAPÍTULO IV
De las Sociedades en Nombre Colectivo
Artículo 43
Vigente desde 30 de abril de 1964 · texto SINALEVI
No obligarán a la sociedad los actos, aun hecho a nombre de la firma social, de los socios que no sean administradores.
Pero si sus nombres figuraran en la razón social, la sociedad soportará las resultas de los actos ejecutados a su nombre con terceros de buena fe, sin perjuicio de las acciones que procedan contra el socio que hubiere actuado sin derecho.