Código
Artículo 411 — Código de Comercio
- Número
- 3284
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10902, La Gaceta N.º 104 del 8 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO SEGUNDO
TÍTULO I
Obligaciones y Contratos
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 411
Vigente desde 2 de mayo de 1996 · texto SINALEVI
Los contratos de comercio no están sujetos, para su validez, a formalidades especiales, cualesquiera que sean la forma, el lenguaje o idioma en que se celebren, las partes quedarán obligadas de manera y en los términos que aparezca que quisieron obligarse. Se exceptúan de esta disposición los contratos que, de acuerdo con este Código o con leyes especiales, deban otorgarse en escritura pública o requieran forma o solemnidades necesarias para su eficacia.
(Así reformado por el artículo 68 (actual 81) de la Ley sobre Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad Nº 7600 de 2 de mayo de 1996)
Más información
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00019-2023 · Tribunal Contencioso Administrativo Sección I
Contencioso-administrativo
«en lo dispuesto en el ordinal 411 del Código de Comercio, el cual dispone que las partes quedarán obligadas de manera y en los términos que aparezca que quisieron obligarse.»
- Resolución 00018-2023 · Tribunal Contencioso Administrativo Sección I
Contencioso-administrativo
«También cita los artículos 411 del Código de Comercio, 1022 del Código Civil y el 4 de la Ley Reguladora del Contrato de Seguros.»
- Resolución 00791 · Sala Primera de la Corte
Contencioso-administrativo
«". . . lo cual es conteste con el principio de informalismo comercial, conforme lo dispone el artío 411 del Código de Comercio."»
- Resolución 01201-2013 · Sala Primera de la Corte
Comercial
«Con fundamento en las consideraciones de hecho y de derecho expuestas y en lo que dispongan los artículos 411 y 425 del Código de Comercio»
- Resolución 00180-2013 · Sala Primera de la Corte
Contencioso-administrativo
«-el Tribunal conculcó los numerales 1022 del Código Civil, 411 del Código de Comercio»
- Resolución 01570-2012 · Sala Primera de la Corte
Contencioso-administrativo
«canon 411 del Código de Comercio,»