Código
Artículo 131 — Código de Comercio
- Número
- 3284
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10902, La Gaceta N.º 104 del 8 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO PRIMERO
TÍTULO I
CAPÍTULO VII
De las Sociedades Anónimas
SECCIÓN II
De las Acciones
Artículo 131
Vigente desde 30 de abril de 1964 · texto SINALEVI
El ejercicio de los derechos y obligaciones inherentes a la acción, se regirá por las disposiciones de este capítulo, por las de la escritura social y en su defecto, por las disposiciones de este Código relativas a títulos-valores, en cuanto fueren compatibles con su naturaleza.
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00683-2017 · Tribunal Segundo Civil Sección II
Civil
«"El ejercicio de los derechos y obligaciones inherentes a la acción, se regirá por las disposiciones de este Capítulo, por las de la escritura social y en su defecto, por las disposiciones de este Código relativas a títulos-valores, en cuanto fueren compatibles con su na"»
- Resolución 00790-2017 · Tribunal Segundo Civil Sección I
Civil
«en el cual se echa de menos los requisitos de los artículos 120, 131 y 134 del Código de Comercio.»