Código
Artículo 111 — Código de Comercio
- Número
- 3284
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10902, La Gaceta N.º 104 del 8 jun 2026 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
LIBRO PRIMERO
TÍTULO I
CAPÍTULO VII
De las Sociedades Anónimas
SECCIÓN I
Disposiciones Generales
Artículo 111
Vigente desde 30 de abril de 1964 · texto SINALEVI
Las aportaciones que no sean en numerario se formalizarán al protocolizarse el acta de la asamblea constitutiva.
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00522-2002 · Sala Primera de la Corte
Civil
«El apoderado de la parte demandada formuló recurso de casación por estimar que se han violado los artículos 1, 2, 5 inciso c), 111, 315, 425, 436, 438 incisos a) y b), 439, 441, 444, 447, 449, 459 incisos d) y e), 463, 467, 470 todos del Código de Comercio»