Código
Artículo 719 — Código Civil
- Número
- 30
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10724, La Gaceta N.º 149 del 12 ago 2025 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO III
DE LAS OBLIGACIONES
TÍTULO III
DE LA PRUEBA
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 719
Vigente desde 16 de agosto de 1989 · texto SINALEVI
Este artículo está derogado.
(Derogado por el artículo 8º de la ley No.7130 de 16 de agosto de 1989) (NOTA: Este Capítulo fue derogado por el artículo 8 del Código Procesal Civil, Ley Nº 7130 de 16 de agosto de 1989)
Más información
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00998-2005 · Sala Primera de la Corte
Civil
«Alega violación de los numerales 1, 2, 3, 4, 17, 18, 19, 20, 21 ,22, 706, 719, 809 y 1045 del Código Civil»
- Resolución 00358-1990 · Sala Primera de la Corte
Contencioso-administrativo
«citándose en el escrito de presentación del recurso como violados los artículos 735 y 719 del Código Civil.»
- Resolución 00319-1990 · Sala Primera de la Corte
Civil
«de acuerdo con el ordinal 719 del Código Civil la carga de la prueba le correspondía a él»
- Resolución 00309-1990 · Sala Primera de la Corte
Civil
«'Todo aquel que intente una acción u oponga una excepción es obligado a probar los hechos en que descansa la acción o excepción'»