Código
Artículo 679 — Código Civil
- Número
- 30
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10724, La Gaceta N.º 149 del 12 ago 2025 · Ver en La Gaceta ↗
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LIBRO III
DE LAS OBLIGACIONES
TÍTULO I
DIVERSAS CLASES DE OBLIGACIONES
CAPÍTULO VII
De las obligaciones condicionales
Artículo 679
Vigente desde 16 de noviembre de 2025 · texto SINALEVI
Toda obligación contraída, ya sea para el caso en que el estipulante cometiere un acto ilícito, ú omitiere cumplir con un deber, ya sea para el caso en que el prometiente cumpliere un deber, o no cometiere un acto ilícito, es nula; pero será válida la obligación contraída para el caso en que el prometiente cometiere un acto ilícito o descuidare el cumplimiento de un deber.