Código
Artículo 1404 — Código Civil
- Número
- 30
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10724, La Gaceta N.º 149 del 12 ago 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
LIBRO IV
DE LOS CONTRATOS Y CUASI-CONTRATOS, Y DE LOS DELITOS
TÍTULO XIII
DE LAS DONACIONES
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 1404
Vigente desde 19 de abril de 1885 · texto SINALEVI
La donación trasfiere al donatario la propiedad de la cosa donada.
Jurisprudencia relacionada
Resoluciones que citan expresamente este artículo y el pasaje donde lo aplican.
- Resolución 00088-2021 · Tribunal Contencioso Administrativo Sección I
Civil
«Con fundamento en las disposiciones de los artículos 11, 37 169 and 170 of the Constitution Political... 1395, 1396, 1399, 1404 del Código Civil;»
- Resolución 00459 · Sala Segunda de la Corte
Civil
«De acuerdo con el numeral 1404 del Código Civil, la donación tuvo como efecto transmitir la propiedad de los inmuebles de S.D.S. a la sociedad,»