Código
Artículo 1220 — Cada socio es deudor a la sociedad de lo que ha prometido aportar a ella — Código Civil
- Número
- 30
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Última reforma: N.º 10724, La Gaceta N.º 149 del 12 ago 2025 · Ver en La Gaceta ↗
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
LIBRO IV
DE LOS CONTRATOS Y CUASI-CONTRATOS, Y DE LOS DELITOS
TÍTULO VII
DE LAS COMPAÑÍAS O SOCIEDADES
CAPÍTULO III
De las obligaciones de los socios entre sí
Artículo 1220
Cada socio es deudor a la sociedad de lo que ha prometido aportar a ella
Vigente desde 16 de noviembre de 2025 · texto SINALEVI
En cuanto a las cosas ciertas y determinadas que haya aportado a la sociedad, es también obligado en caso de evicción al pleno saneamiento de los daños y perjuicios.