Código
Artículo 160 — Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA)
- Número
- 3421
- Estado
- Vigente
- Última actualización registrada
Estado jurídico
Vigente
Norma vigente según la fuente oficial verificada por LANX.
Información jurídica, no asesoría legal. Cómo verificamos
TÍTULO XII
DE LAS INFRACCIONES ADUANERAS Y SUS SANCIONES
CAPÍTULO XXXI
De las Facultades de las Autoridades Aduaneras
Artículo 160
Vigente desde 6 de octubre de 1964 · texto SINALEVI
Los abusos de autoridad que se cometieren en el cumplimiento de las disposiciones de este capítulo serán sancionados de acuerdo con la legislación penal en vigor.