Tribunal Disciplinario Notarial
Resolución 00168-2020
- Sala o tribunal
- Tribunal Disciplinario Notarial
- Voto
- 00168-2020
- Fecha
- 2 de octubre de 2020
- Expediente
- 14-000781-0627-NO
- Materia
- notarial
Cargando texto de la resolución…
Cargando la resolución…
Tribunal Disciplinario Notarial
Cargando texto de la resolución…
Documento judicial
"V.- [...] Luego, también se equivoca la notaria recurrente cuando identifica la fecha en que inicia el cómputo de la prescripción, con la data en que fue fiscalizada. En el caso, lo denunciado es que no cobró honorarios en tres escrituras, y como explicó el a quo, se trata de faltas fijas que se consumaron cuando autorizó esos instrumentos sin cobrar los emolumentos respectivos, conforme dispone la normativa y como quedó comprobado en tanto en los instrumentos se hizo expresa indicación con la leyenda: “La presente escritura no devenga honorarios”. Esa fue la fecha utilizada por la autoridad de primera instancia y es la forma en que debe ser computada, dada la naturaleza de esa falta (que no es continua). Así las cosas, dado que no fueron brindados más agravios y los expuestos no fueron mejor fundamentados, la resolución debe ser confirmada."