Es necesario comprender la finalidad de la comparecencia. En los procesos contra la violencia doméstica no se declaran, modifican ni extinguen derechos. Su propósito consiste en evitar que la violencia se produzca -o que se siga produciendo- mediante la emisión de medidas de protección que se decretan a favor de quien aparece como víctima, y en varias de ellas, en contra de la persona que figura como agresora. (Esta aclaración se hace porque, por ejemplo, la medida que autoriza a la víctima a salir del domicilio no es una que se decrete contra la persona agresora)