Tribunal de Familia
Resolución 00168-2026
- Sala o tribunal
- Tribunal de Familia
- Voto
- 00168-2026
- Fecha
- 27 de febrero de 2026
- Expediente
- 23-000636-1152-FA
- Materia
- familia, ninez y adolescencia
- Tipo de resolución
- Confirma
Cargando texto de la resolución…
Cargando la resolución…
Tribunal de Familia
Cargando texto de la resolución…
Documento judicial
"SEGUNDO: En la sentencia se observa, sin embargo, que la juzgadora sí realizó la entrevista garantizando el derecho de la niña a ser escuchada, dejó constancia de su realización y explicó que, a solicitud de la propia niña, el contenido específico se mantendría reservado, pero incorporó al razonamiento las conclusiones relevantes extraídas de esa escucha, tales como el conocimiento que la niña tiene de su padre biológico, la existencia de vínculo afectivo con el padre registral y su comprensión del proceso. De esta manera, aunque la parte recurrente no esté de acuerdo con la forma en que se realizó la entrevista, lo cierto es que no lleva razón en su argumentación por cuanto parte de supuestos erróneos al considerar que la entrevista puede ser impugnada o puede dejar en estado de indefensión, con lo cual se le da al ejercicio de este derecho un valor probatorio o procesal que no tiene, sobre todo al asimilarla con una prueba, naturaleza de la que carece la entrevista.[...]"