Tribunal de Familia
Resolución 00013-2026
- Sala o tribunal
- Tribunal de Familia
- Voto
- 00013-2026
- Fecha
- 12 de enero de 2026
- Expediente
- 24-000213-0687-FA
- Materia
- procesal civil
- Tipo de resolución
- Mal admitido
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Tribunal de Familia
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Documento judicial
"SEGUNDO.[...]El análisis en conjunto de las normas ya citadas no permite aplicar el libre arbitrio de la persona juzgadora para admitir el
recurso de apelación sin efecto diferido, es decir: hay que admitirlo con dicho efecto porque el auto dictado e impugnado lo fue de manera oral. Eso implica, como lo dice el artículo 103 que, dicho recurso de apelación, admitido en efecto diferido, será conocido por el
Tribunal de Familia, junto con el recurso de apelación contra la sentencia final, siempre que se hayan reiterado y fundamentado los motivos por los cuales se interpuso en aquella audiencia oral, de lo contrario, se tendrá por desistido, además, la norma -como se vio- regula algunas vicisitudes.[...]"