Tribunal de Familia
Resolución 00837-2025
- Sala o tribunal
- Tribunal de Familia
- Voto
- 00837-2025
- Fecha
- 5 de septiembre de 2025
- Expediente
- 23-000238-0688-FA
- Materia
- familia
- Tipo de resolución
- Revoca
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Tribunal de Familia
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Documento judicial
"IV. [...] B. SOBRE LOS ASPECTOS DE FONDO. [...] En resumen, lo que se puede concluir es que la persona tiene derecho a que sus apellidos estén conformados por los primeros apellidos de sus progenitores, sea desde que se inscribe su nacimiento, sea desde que se emplaza la filiación que no se ostentaba, sea desde que es adoptada; apellidos que ostentará en el orden que sus progenitores decidan, y, en su defecto, por el que se defina por medio de las autoridades competentes, así como también tiene el derecho a cambiar el orden de esos apellidos, sin que, en este proceso, sea pertinente o necesario determinar si es un derecho que la persona adquiere cuando alcanza la mayoridad o si es un derecho que puede ejercer siendo menor de edad, conforme a la teoría de la evolución de las capacidades.[...]"