Tribunal de Familia
Resolución 01032-2025
- Sala o tribunal
- Tribunal de Familia
- Voto
- 01032-2025
- Fecha
- 6 de noviembre de 2025
- Expediente
- 22-000033-0637-FA
- Materia
- familia
- Tipo de resolución
- Homologa
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Tribunal de Familia
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Documento judicial
"PRIMERO. [...] Por su parte el Código Procesal de Familia reconoce expresamente la conciliación como un instituto jurídico aplicable dentro de los procesos familiares, lo que evidencia la relevancia que otorgada a los mecanismos autocompositivos para la resolución pacífica de los conflictos familiares. De esta forma, el artículo 193 dispone que, además de la conciliación prevista en el proceso resolutivo familiar, las partes podrán solicitar en cualquier etapa del proceso la celebración de una audiencia conciliatoria, la cual no podrá ser rechazada salvo en los casos en que la materia no sea conciliable o cuando resulte evidente que la solicitud tiene como propósito dilatar el trámite. [...]"