Tribunal de Casación Penal de San José
Resolución 01350-2011
- Sala o tribunal
- Tribunal de Casación Penal de San José
- Voto
- 01350-2011
- Fecha
- 12 de octubre de 2011
- Expediente
- 07-001179-0283-PE
- Materia
- penal, civil
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Tribunal de Casación Penal de San José
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Documento judicial
“IV.- Voto salvado del juez [Nombre1] . El suscrito juzgador me aparto de la mayoría del Tribunal, en cuanto a este extremo y emito voto de la siguiente forma. Conforme consta en el escrito de ofrecimiento de prueba del imputado, que obra a folios 78 a 80, en forma clara y precisa se ofreció al Dr. [Nombre2] como perito, especialista en psiquiatría, para que declarara en el juicio. Dado que el auto de apertura a juicio fue deficiente al respecto, el defensor del imputado debió insistir en que se le admitiera al citado profesional como perito en la causa (folios 88 a 90). Por razones que se ignoran, pero que evidencian un descuido de parte del juez penal, se aceptó al perito, pero se le agregó también como consultor, lo que no había sido solicitado por la parte (CED1 ). En el juicio se le permitió participar como consultor, pero al gestionar la defensa la recepción de su peritaje, prueba debidamente admitida por el Juzgado Penal, el Tribunal la rechazó bajo el argumento de que había presenciado el juicio. Se aprecia de lo anterior un grave error, que limita el derecho de defensa del imputado. En primer término el que el Dr. [Nombre3] hubiese presenciado el juicio no lo limitaba para declarar como perito en la audiencia, pues no existe prohibición expresa al respecto. En todo caso, como bien lo hace ver la defensa, su relato igual estaría sometido a las reglas de la sana crítica, al momento de su valoración. La confusión creada por el juez penal no facultaba al Tribunal de Juicio para rechazar una prueba que había sido legalmente admitida por la autoridad correspondiente. La única forma para poder prescindir del peritaje era la renuncia de la prueba por la parte oferente, lo que evidentemente no sucedió en este caso. La argumentación que se dio para el rechazo no tiene sustento legal. Al contrario, era conveniente que el perito observara lo narrado en por los testigos e imputado en el juicio, para que vertiera un expertaje con mayores elementos de juicio, y sometido al contradictorio. Al excluir ilegalmente una prueba del juicio se ha limitado el ejercicio del derecho de defensa, lo que nos lleva a acoger el motivo y anulando la totalidad de la sentencia y decretando el reenvío para nueva sustanciación. Lo anterior por cuanto la parte ha solicitado expresamente la nulidad del fallo penal y civil. Al encontrarnos ante una responsabilidad civil de orden subjetiva, es necesario demostrar una conducta dolosa, que sustentaría una eventual reparación civil, conforme con lo estipulado por el del Código Civil. En estas circunstancias procede la nulidad de la totalidad del fallo, como ha sido pedido expresamente por el imputado.”