"XII. Por último señala el accionante la violación al principio de razonabilidad y proporcionalidad, en ese sentido, expone que con la sanción impuesta se violenta flagrantemente los principios de razonabilidad y proporcionalidad, dado que ninguna de las faltas fue debidamente acreditada por el patrono, quien además de no probar lo acusado, aplica la sanción más fuerte para el trabajador, que es el despido y que además no causaron un daño al patrono, ya que no se demostró cual fue el daño y el perjuicio causado pues nunca se cuantificó. Aunado a esto indica, que ha sido un funcionario de trayectoria limpia, de buenas calificaciones, en otras palabras, un buen funcionario, por lo que el despido de este resulta injustificado, pues existen otras medidas disciplinarias y preventivas que pudieron aplicarse por parte de la administración en lugar del despido. Criterio del
Tribunal: Estima esta Cámara que lo aducido por el actor no es de recibo, valorando que, como se indicó en el considerando trasanterior, quedó claro que los hechos acreditados por el accionante dentro del procedimiento administrativo, dieron lugar a la falta por el deber de probidad, en esa lógica, , sin responsabilidad patronal, es decir, la sola acreditación de la falta da lugar a la sanción más severa como lo es la separación del cargo o despido, -finalización de la relación de empleo - en consecuencia en principio, la sola acreditación de hechos que califiquen como una falta al deber de probidad, fundamentan el mérito para la sanción impuesta al accionante. En esa lógica, ante la comisión de los hechos dados por el actor, que se acreditaron fehacientemente, sustentan la sanción impuesta con justa causa, y bajo los parámetros legales que establece el propio ordenamiento jurídico. No puede en ese sentido, valorarse entonces que la buena conducta mostrada en otro momento por el actor, como se alega, pueda atenuar actos tan graves como los que fueran sancionados por la Administración demandada, en consecuencia, no encuentra esta Cámara elementos para determinar una violación al principio de razonabilidad y proporcionalidad [...]".