"Criterio del
Tribunal: [...] la "Cláusula Penal" en materia contractual consiste en una sanción económica por el incumplimiento de la obligación pactada y sirve como garantía para asegurar su cumplimiento. Resulta entonces una cláusula accesoria a un contrato y lo que se busca con ella, es determinar por adelantado los daños y perjuicios que el incumplimiento pueda causar al acreedor, evitando demostrar el daño real en cada caso, y para ello lo que se exige es que el monto a indemnizar establecido en ella, resulte razonable y proporcional al valor de la obligación principal [...]".