EV Generación de Machote: D:\Gestion-Judicial\Servidor de Archivos\MODELOS\PENAL\LASEG001.dpjEXPEDIENTE N°: 2018-001379-0929-LA PROCESO: ORDINARIO LABORALINCIDENTE COBRO DE HONORARIOSACTOR/A: [Nombre 001]DEMANDADO/A: JOHAN FABRICIO VARGAS MEJIASSENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA N° 2026000169
TRIBUNAL DE APELACIÓN CIVIL Y TRABAJO DE LIMÓN (SEDE LIMÓN) (LABORAL).- A las siete horas treinta y cinco minutos del seis de mayo de dos mil veintiséis.-
Recurso de apelación interpuesto por el Incidentista contra la sentencia dictada en el Incidente de Cobro de Honorarios presentado por [Nombre 001] dentro del proceso laboral interpuesto por JOSÉ ANGEL ARAYA ACUÑA contra SERVICIOS ADMINISTRATIVOS VARGAS MEJIAS S.A.
Redacta el Juez Luis Esteban Araya Ugalde, y;CONSIDERANDO I) En lo respecta a lo que es motivo de recurso, objeta el Incidentista la condena en costas en contra del incidentado en los siguientes términos: "Son las costas procesales de esta incidencia a cargo de la incidentada, las cuáles se fijan en la suma de cien mil colones" II) Inconforme el señor Vargas Carranza alega que la fijación de las costas no puede ser prudencial, sino que debe tomarse en cuenta el importe de la condenatoria, para fijar el porcentaje de la misma. III) Lo resuelto debe confirmarse. La fijación prudencial de honorarios procede en este proceso, por cuanto lo que se esta reconociendo, es la labor desplegada por el profesional en derecho, por el contrario la estimación porcentual de costas es procedente en el proceso principal, donde se tiene determinado la fijación de los derechos del trabajador, sobre los cuales se aprobarán las costas del proceso principal. Si bien es cierto el criterio de otros órganos jurisdiccionales es respetable, con base al principio de independencia judicial, el criterio de esta Cámara de Apelación es que procede la fijación prudencial de las costas. En consecuencia, se rechaza el recurso de apelación interpuesto.POR TANTO En lo que es objeto de apelación, se rechazan los agravios y se confirma lo resuelto. HR43T8N4OWE461LUIS ESTEBAN ARAYA UGALDE - JUEZ/A DECISOR/A I1TUZZNBDB061MARICRUZ BARRANTES CORDOBA - JUEZ/A DECISOR/A HJGOVJWAK6W61BRENDA CELINA CALVO DE LA O - JUEZ/A DECISOR/A EXP: 18-001379-0929-LAI Circuito Judicial de Limón, Limón centro, Edificio de los tribunales, Tercer piso Teléfonos: 2799-1389 ó 2799-1510. Fax: 2799-1329. Correo electrónico: limtribapel@poder-judicial.go.cr