Por escrito recibido en la Secretaría de la Sala a las 13:33 hrs. del 16 de agosto del 2016, la recurrente interpone recurso de amparo contra el Presidente de la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas (CONAI) y expresa que ante los constantes conflictos de tierras en territorio indígena, se han dado una serie de procesos en contra de la asociación de desarrollo que representa. Señala que, dentro de dichos procesos, se encuentran los expedientes Nos. 15-007355-1027-CA, 15-007359-1027-CA, 15-009373-1027-CA, 13-004996-1027-CA, 16-003167-1027-CA, 15-007358-1027-CA, 16-003158-1027-CA, 16-002492-1027-CA y 15-008519-1027-CA. Explica que ha tratado de buscar asesoría y respaldo de abogados particulares para poder hacer frente a estos procesos y a los que, eventualmente, se presenten, pero, el cobro es muy elevado. Indica que ha pedido ayuda a la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas, pero, sus abogados se han negado a llevar estos procesos, indicando que están imposibilitados, a pesar que, como entidad rectora y representativa de los indígenas y sus instituciones, tienen la obligación de velar, precisamente, por los intereses indígenas. Agrega que el problema que enfrentan es que son notificados de los procesos, pero, ni siquiera, los pueden contestar por no contar con abogados y dinero para contratarlos. Por lo anterior, acude a la Sala en protección de los derechos fundamentales que le asisten a su representada. Solicita declarar con lugar el recurso y ordenar a la CONAI o a la Defensa Pública que los asistan y representen en esos procesos y en cualquier otro tipo de procesos judiciales y extrajudiciales. Así como a los indígenas de su territorio en asuntos de familia, agrario, comercial, civil y otros.