Sala Primera de la Corte
Resolución 00053-2013
- Sala o tribunal
- Sala Primera de la Corte
- Voto
- 00053-2013
- Fecha
- 17 de enero de 2013
- Expediente
- 05-000207-0504-CI
- Materia
- civil
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Sala Primera de la Corte
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Documento judicial
*050002070504CI*
Exp. 05-000207-0504-CI
Res. 000053-A-S1-2013
SALA PRIMERA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las diecisiete horas quince minutos
del diecisiete de enero de dos mil trece.
Visto el documento de folio 1942, en donde el apoderado
general judicial de la parte demandada solicita adición y aclaración de la
resolución no. 1666-A-S1-2012 de las 15 horas 5 minutos del 6 de diciembre de
2012, mediante la cual se declaró sin lugar la segunda solicitud de adición y
aclaración.
Redacta el magistrado Solís Zelaya
ÚNICO. Dispone el
párrafo primero del artículo 97 del Código Procesal Civil: “Poderes de
ordenación e instrucción. El juez tendrá poderes de ordenación e
instrucción para: / ¡) Desechar cualquier solicitud o articulación que sea
notoriamente improcedente o que implique una dilación manifiesta. …” El
gestionante pretende la adición y aclaración del auto que denegó la segunda
solicitud de adición y aclaración. Tal pedimento resulta notoriamente
improcedente; además, implica una dilación manifiesta. Ergo, al amparo de esa
norma, procede su rechazo; además, sin más trámite, se ordenará remitir el
expediente al Tribunal de origen para que proceda conforme a derecho.
Decisión final del tribunal
Por improcedente se rechaza solicitud de adición y
aclaración interpuesta. Remítase el expediente al Tribunal de origen para que
proceda conforme a derecho.
Anabelle León Feoli
Luis Guillermo Rivas
Loáiciga
Román Solís Zelaya
Óscar Eduardo González
Camacho
Carmenmaría Escoto Fernández
MJIMENEZ
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