Sala Primera de la Corte
Resolución 01241-2012
- Sala o tribunal
- Sala Primera de la Corte
- Voto
- 01241-2012
- Fecha
- 3 de octubre de 2012
- Expediente
- 05-000207-0504-CI
- Materia
- procesal civil
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Sala Primera de la Corte
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Documento judicial
*050002070504CI*
Exp. 05-000207-0504-CI
Res.
001241-A-S1-2012
SALA
PRIMERA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las once horas treinta
minutos del tres de octubre de dos mil doce.
Vista la solicitud de adición y aclaración
formulada por el apoderado especial judicial de la parte demandada de la
sentencia emitida en autos número 774-F-S1-2012, de las 9 horas 20 minutos del
3 de julio de 2012.
Redacta el magistrado Solís Zelaya
Conforme ha dicho reiteradamente
este órgano jurisdiccional, el instituto de la aclaración y adición procede
solo respecto de la parte dispositiva de las sentencias. Por ende, esta
vía excluye la posibilidad de abordar nuevamente las discusiones de fondo
plasmadas en la sentencia, o de analizar supuestas contradicciones entre los
considerandos y la parte dispositiva del fallo. El remedio procesal de
mérito, únicamente permite subsanar contradicciones y oscuridades observadas en
el acápite dispositivo de la sentencia; o bien, las omisiones determinadas en
este.
Al amparo de lo anterior, el
pronunciamiento en cuestión no es oscuro ni omiso al rechazar la prueba
documental aportada y declarar sin lugar el recurso, con sus costas a cargo de
la sociedad demandada. Por lo que se impone el rechazo de la solicitud
presentada. A mayor abundamiento de razones, el gestionante pretende se
adicione la parte dispositiva de la sentencia emitida por esta Cámara con lo
considerado por el Ad quem en el apartado IX de su fallo, lo cual resulta
improcedente.
POR
TANTO
Se declara sin lugar la solicitud de
adición y aclaración.
Anabelle León Feoli
Luis Guillemo Rivas
Loáiciga
Román Solís Zelaya
Oscar Eduardo
González Camacho
Carmenmaría Escoto Fernández
*YD4KLSBWCCG61*
YD4KLSBWCCG61
MJIMENEZ
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