"VIII.- [...] En este orden de ideas, no puede dejarse de lado que la exactitud de la fecha de los hechos es muy difícil de lograr en este tipo de ilícitos y más, tratándose de víctimas menores de edad y con mayor razón, cuando rinden sus relatos más de una década después de los eventos juzgados y, sumado a ello, cuando la relación entre el imputado y la madre de la agraviada se extendió por muchos años, lo que posibilitó la repetición a lo largo del tiempo de los vejámenes sexuales a los que fue sometida la víctima. En este sentido, nuestra
Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia ha señalado que: ³Sobre este tema, es reiterada la posición jurisprudencial al respecto, en el sentido de que no puede exigir a una persona menor de edad que ha sido víctima de reiteradas agresiones sexuales, que circunscriba cada una de ellas a un día en específico, sino que lo importante es que se tenga una noción clara de aspectos que permitan una ubicación en un período determinado, así por ejemplo, se puede considerar la edad de ese momento, algún acontecimiento, el nivel cursado en la escuela o colegio, detalles que permiten ubicar los hechos, tal y como ocurrió en este caso. La precisión absoluta, como lo pretende el recurrente, es muy difícil de lograr en este tipo de ilícitos en tratándose de víctimas que son personas menores de edad, y el análisis que realiza el juzgador, debe hacerse tomando en consideración la corta edad del ofendido, el evento traumático y, en general, su condici ón de persona menor de edad´ (voto Nº 2013-00889, de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, de las diez horas y quince minutos del doce de julio del dos mil trece). El anterior criterio es compartido por este órgano y, a partir de ello, se determina que el análisis realizado el a quo, sí tomó en consideración las diferentes limitaciones que se presentaron en el caso concreto, sin poder corroborarse la existencia de omisiones, ni contradicciones que afectaran el análisis intelectivo desarrollado sobre este aspecto cuestionado, por lo que los reclamos en este sentido deben rechazarse."