#VIII.- Resolución del caso. [...] En el desarrollo del fallo y análisis de la prueba admitida y evacuada, la A quo es clara en que en este caso no ha operado un cambio de circunstancias en el beneficiario, que justifique el aumento de la cuota alimentaria. Si bien ha pasado del colegio privado a la universidad, también privada, los gastos con este cambio no se han
visto incrementados.
Así, de la sentencia misma se desprende que este cambio representa una variación de los gastos educativos pero a la baja, pues cuando estaba en el colegio el promedio mensuales de gastos era de 320.000 colones, mientras que ahora, el costo del cuatrimestre prorrateado entre los cuatro meses, tiene un costo de 187.119 colones, con lo que la A quo concluye que "le deja con mayor liquidez".
Sobre las demás necesidades, de la sentencia también se desprende que no ha habido un cambio que justifique el aumento.[...]"