"IV.[...] Ahora bien, el tema aquí no es si había siempre agua potable en los bidones o no, o si el agua la tenían que llevar los mismos empleados o no, aquí lo grave es que los trabajadores no disponían de agua potable en aquel relleno sanitario, que era su centro de trabajo, lo que implica suministro de agua en servicio sanitario, duchas, lugar para comer, etc, porque es un hecho más que demostrado y aceptado que no es sino hasta en este año 2025 que se dotó de agua potable el relleno municipal. Este
tribunal considera hasta irrespetuoso con la dignidad humana e indignante que el ente Municipal cuestione, a estas alturas del siglo XXI, el derecho de sus trabajadores a agua potable a través de tubería, y pretender tener por solventado el problema con alegar la existencia de unos bidones de agua, que ni tan siquiera se acredita su existencia en cantidad y ubicación, pero definitivamente ese podría ser un remedio de consumo de agua potable como medida temporal, o por emergencia, pero jamás la solución a un problema, de ahí que lo agraviado no merece más motivación sobre la procedencia de la infracción, pues se trata de personas no de animales.[...]”