"V. [...] La falta grave en criterio de este
Tribunal y según se indicó por parte de la accionada en la fase de conclusiones, consiste en que no comunicó a su jefatura del faltante, no que fue ella quien manipuló el inventario o que fue quien hizo los ajustes contables ni menos aún que ella fuera la única responsable de lo ocurrido, sino que la falta estriba en no comunicar y por ende hacer que el Hotel tomara decisiones con datos erróneos.- De hecho, si desde que se le preguntó si la información era fidedigna, lo hubiera así informado al consultante, no hubiese sido necesario hacer la investigación pues se sabría que los datos contables no eran reales, sino que estaban ajustados y lo más importante, cuál era la magnitud del ajuste.- Si bien contablemente es común hacer ajustes, cuando existen discordancias, aquí las cosas lucen diferentes porque la magnitud del ajuste hacía necesario que se comunicara en forma explícita.- Se hizo necesaria una auditoría externa para determinar el faltante real, el cual la actora conocía y dice que se ajustó para no afectar los resultados financieros del Hotel.- [...] Estima el Tribunal que tal aseveración no es apta para los efectos pretendidos, pues al haber cinco inventarios diferentes, donde el quinto era donde se practicaban los ajustes, cae por su propio peso su dicho de que de previo a la reunión, ella no sabía lo que estaba pasando, pues esa fue información contable con la que ella trabajó de previo.- Al trabajar la Gerencia con datos inexactos, si se afectaron los resultados financieros del Hotel lo cual justifica la pérdida de confianza por la cual fue cesada.- [...] Al no desvirtuarse la falta, donde incluso el testigo [Nombre 002] ofrecido por la actora narra que a ella se le mandaban los ajustes para que los incluyera, el despido efectuado se encuentra conforme a derecho, donde la falta incluso se puede tener por acreditada con su declaración de parte donde acepta los hechos pero intenta justificar su proceder y dirigir la responsabilidad de lo sucedido a otras personas con un perfil de puesto “mayor al suyo”.- Insiste el Tribunal en que la falta que amerita el despido sin responsabilidad patronal estriba en no haber comunicado a su jefatura de la magnitud del ajuste y haber dicho cuando fue consultada al efecto, que los datos estaba correctos ocultando en ese momento que existía un desajuste entre la información contable y la física "