"III. [...] En segundo lugar porque en todo caso, no se vislumbran en autos motivos plausibles que justifiquen la separación del personal juzgador titular de este despacho del conocimiento de este proceso ordinario y de la solicitud de reconsideración que pende en autos. En el momento en que se interpuso la recusación, el representante de las sociedades accionadas, indicó que procedería a acudir a diversas instancias a demandar y denunciar a los jueces recusados, limitándose en aquella oportunidad a aportar copias de las resoluciones N° 4727-98 y N° 5671-C-95 de la
Sala Constitucional, que se refieren respectivamente a una acción de inconstitucionalidad contra los del Código Procesal Penal y a una consulta judicial preceptiva. Si bien es cierto, el día veinticuatro de julio de dos mil cuatro, el petente incorporó a la carpeta digital del expediente, copia de presentación de una denuncia por prevaricato e incumplimiento de deberes en contra las personas juzgadoras supra indicadas, esa circunstancia tampoco da mérito para acoger la recusación de cita, pues en esas condiciones incipientes, se ignora si esa acción se admitirá para su trámite y por lo tanto, desde el punto de vista formal no existe causa penal en curso en contra aquellas como consecuencia o derivación de lo que dictaminaron en su oportunidad dentro de este proceso. En abono a lo anterior, es menester indicar que, la simple interposición de una denuncia penal, una querella, una causa disciplinaria, un proceso contencioso u otros, como los que alega el gestionante que procederá a presentar, no implica que un tribunal recusado deba necesariamente separarse del conocimiento de un proceso. Si se partiera de esa premisa, cualquier persona podría acudir a las diversas instancias judiciales, a entablar gestiones simuladas con ese objeto, lo que claramente supondría abrir un peligroso portillo no solamente en detrimento de la prosecución del proceso y del acceso a la justicia pronta y cumplida, sino también del principio de Juez Natural; lo que por demás está decir, no se puede avalar."