Tribunal Contencioso Administrativo Sección VI
Resolución 00019-2023
- Sala o tribunal
- Tribunal Contencioso Administrativo Sección VI
- Voto
- 00019-2023
- Expediente
- 19-003299-1027-CA
- Materia
- contencioso-administrativo
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Tribunal Contencioso Administrativo Sección VI
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Documento judicial
"II. [...] las alegaciones o razonamientos novedosos (ex-novo) no pueden, ni deben ser conocidas por el
Tribunal decisor, toda vez que esta práctica litigiosa atenta contra el derecho de defensa de las contrapartes y el principio de igualdad de armas, en el tanto éstas no han tenido la oportunidad adecuada, razonable y proporcional para elaborar y expresar al Tribunal una alegación que contrarreste el peso argumentativo de la ilación novedosa. En la sentencia N° 18-2021-VI de las 07:30 horas del 22 de febrero de 2021, esta Cámara explicó en detalle las razones para no permitir la introducción de estos elementos sorpresivos al momento de rendir las conclusiones, o fuera de las oportunidades previstas en la norma de rito: - [...]"