Tribunal Primero Civil
Resolución 00754-2017
- Sala o tribunal
- Tribunal Primero Civil
- Voto
- 00754-2017
- Expediente
- 14-000338-0164-CI
- Materia
- civil
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Tribunal Primero Civil
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Documento judicial
“IV.-[…]Ergo, no hay mérito para acoger la defensa de derecho aducida por la incidentada, defensa que, por lo mismo, habrá de ser desestimada. En relación, para evaluar la labor realizada por el profesional, desde vieja data la jurisprudencia de este
Tribunal ha dividido el sucesorio en cinco grandes etapas, a saber: apertura, inventario y avalúo, declaratoria de herederos, junta de interesados y partición. Si bajo su dirección profesional el proceso logra culminar esas cinco grandes etapas, el abogado tiene derecho a la totalidad de los honorarios. De lo contrario, una vez obtenido los emolumentos totales, se dividen conforme a la cantidad de etapas en que haya intervenido el profesional, que para el caso de autos, al tenor de lo que dispone el artículo 28 del supracitado Decreto, corresponden al cincuenta por ciento de la tarifa general que el mismo cuerpo normativo dispone en su artículo 16, calculados sobre el valor de la totalidad de los bienes inventariados.”